TARJETAS DE CRÉDITO ABUSIVAS
¿Cómo puedo saber si mi tarjeta de crédito es abusiva y qué puedo hacer?
Una tarjeta de crédito se considera abusiva cuando aplica un tipo de interés excesivamente alto. Podrías llegar a pagar hasta el triple de lo prestado.
- ¿Llevas pagando la cuota de la tarjeta durante años y no consigues reducir la deuda?
- ¿El banco te reclama el importe de una tarjeta que llevas pagando desde hace tiempo y la deuda no ha bajado?
Podrías tener contratada una tarjeta revolving sin saberlo. Este tipo de tarjetas, en su mayoría, contienen intereses abusivos.
¿Qué es una tarjeta revolving?
Es un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que el pago de las compras, disposiciones en efectivo, etc. que se realicen con la misma, se aplazan. La principal "ventaja", aparentemente, es que tú decides cuánto quieres abonar periódicamente. Por lo general pagas una cuota fija, que suele ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente.
La realidad es que estas tarjetas funcionan como microcréditos y aplican unos intereses altísimos, entre el 20 y el 30%; y pagando una cuota baja y con unos intereses tan altos, la deuda se alarga indefinidamente. Por una compra de 1.000€ puedes acabar pagando 3.000€.
¿Qué se puede reclamar?
Puedes recuperar los intereses pagados en exceso de tu tarjeta de crédito o reducir el importe de tu deuda.
El Tribunal Supremo amparándose en la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, en su Sentencia de fecha de 25 de noviembre de 2015 anuló una tarjeta revolving por primera vez, por considerar que su interés establecido en el 24,60% TAE era usurero. La contratación de la tarjeta fue en junio de 2001, siendo en ese momento el doble del interés medio ordinario en las operaciones de consumo.
Puedes reclamar la nulidad del contrato y la devolución del exceso de intereses pagados. Si decides reclamar, te puedes ver en estas dos situaciones:
- Si has pagado más de lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, el seguro y comisiones que te hayan cobrado.
- Si todavía no has pagado lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato y la devolución de los intereses, el seguro y las comisiones; y abonar a la entidad prestamista el capital prestado que te quede por pagar.
Nulidad de la tarjeta de crédito
Por suerte para mis clientes, el Tribunal Supremo declara la nulidad de este tipo de tarjetas y préstamos por usura.
Y ¿qué conlleva esa nulidad de la tarjeta o crédito revolving? Pues prácticamente que el usuario de este tipo de tarjeta o crédito estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida, es decir, el préstamo se considerará gratuito, teniendo la entidad bancaria la obligación de devolver todos los intereses abonados por el cliente.
Los Tribunales se ponen de parte de los afectados porque los intereses desproporcionados que cobran los bancos son considerados "usura", la Ley de Usura data de 1908 y desde entonces ha estado en vigor. Consta de 16 artículos muy claros, que invalidan los intereses usurarios cobrados por una entidad bancaria.
La Ley no detalla el límite en que un interés empieza a ser desproporcionado, pero sí detalla los parámetros para considerar que un préstamo es "leonino":
"...aquel que fije un interés notablemente superior al normal del dinero y que sea manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso..."
Aplicando esta ley, los jueces están anulando los contratos y obligando a los bancos a devolver todos los intereses. Ya hay sentencias contra Caixabank, WiZink, Evo Finance y BBVA.
No me cuadra lo que estoy pagando y lo que queda por pagar o el banco me ha demandado, ¿qué puedo hacer?
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Diego Castillo Barroso
Abogado especialista en Derecho Bancario